Creación del sistema de préstamo garantizado mediante hipoteca sobre un bien inmueble que constituya la vivienda habitual del solicitante: serán beneficiarios de este sistema todos aquellos jubilados y pensionados mayores a 70 años y todas aquellas personas que posean certificado único de Discapacidad, que resulten ser titulares de un inmueble en la República Argentina.
Expediente Diputados: 7071-D-2013
http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/textoCompleto.jsp?exp=7071-D-2013&tipo=LEY