Consideramos que habilitar la jurisdicción penal frente a estos casos resultará una herramienta eficaz no solo para reprimir este tipo de conductas sino para – seguramente y en muchos casos- evitar el agravamiento de la situación, teniendo en cuenta el efecto disuasivo que puede tener el proceso y, sobre todo, las medidas cautelares, preventivas y de seguridad que se pueden ordenar en el mismo con fines preventivos.
Cofirmante – Expediente Diputados: 0710-D-2012
http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/textoCompleto.jsp?exp=0710-D-2012&tipo=LEY